Información sobre la nueva Ley de bienestar animal

El miércoles 29 de marzo, se publicó en el Boletín Oficial del Estado la ley de protección de los derechos y el bienestar de los animales, la cual ha suscitado gran interés en la comunidad veterinaria y entre los amantes de las mascotas.

Esta legislación entrará en vigor el próximo 29 de septiembre de 2023 (os dejamos en este enlace el documento oficial del BOE) y tiene como principal objetivo mejorar el bienestar de los animales y establecer obligaciones específicas para sus propietarios. A continuación, te presentamos un resumen de los aspectos más importantes:

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Animales de Compañía: Se consideran animales de compañía a los perros, gatos, hurones, aves de cetrería, animales de acuariofilia no incluidos en el catálogo de especies exóticas invasoras ni de especies silvestres protegidas. En el futuro, se incluirán en esta categoría otras especies, aunque su regulación podría demorar hasta cinco años. Además, se requerirá la notificación de la tenencia de ciertas especies a las autoridades pertinentes.

Obligación de Identificación: A partir del 29 de septiembre de 2023, todos los perros, gatos y hurones deberán llevar un microchip de identificación y estar registrados en el Registro de Identificación de Animales de Compañía (RIACA). Los gatos deberán ser esterilizados antes de cumplir seis meses, a menos que estén registrados como reproductores en el RIACA.

Cuidados Veterinarios: Será obligatorio proporcionar a los animales de compañía la atención veterinaria necesaria para garantizar su salud. La frecuencia de los chequeos veterinarios y su registro en el RIACA se establecerán mediante regulaciones específicas.

Además se deberá recurrir a un profesional del comportamiento animal* cuando nuestro animal de compañía presente problemas de convivencia. Es obligatorio educar y manejar al animal con métodos que no provoquen sufrimiento o maltrato animal, ni que le causen estados de ansiedad o miedo.

*Se contará con un registro nacional de profesionales del comportamiento animal y lo que sí es seguro es que el veterinario etólogo estará en ese listado. 

Seguro de Responsabilidad Civil: Los propietarios de perros deberán contratar y mantener un seguro de responsabilidad civil que cubra daños a terceros durante toda la vida del animal. Generalmente, este tipo de cobertura se incluye en los seguros para el hogar, por lo que es recomendable revisar las características de tu póliza existente.

Curso de Formación para la Tenencia de Perros: Se tiene previsto implementar un curso de formación gratuito para los dueños de perros, aunque aún no se han definido los detalles ni el contenido del curso.

Sacrificio: En general, se prohíbe el sacrificio de animales, pero se permitirá la eutanasia en casos de sufrimiento irreparable bajo supervisión y criterio veterinario.

Eliminación de Cadáveres: La baja de un animal debido a su fallecimiento deberá ir acompañada de un certificado que acredite su eliminación por parte de una empresa oficialmente reconocida. Sin este certificado, no se podrá dar de baja al animal.

Animales de Trabajo: Los perros de caza, los animales auxiliares de caza y los perros de trabajo están excluidos de esta ley, pero deben cumplir con las regulaciones europeas, autonómicas y locales, incluyendo la identificación mediante microchip, la vacunación contra la rabia y otros requisitos establecidos.

Como se puede observar, la ley aún contiene algunas áreas sin definir que serán reguladas en el futuro. Mantente informado, ya que proporcionaremos más detalles a medida que se establezcan las regulaciones correspondientes.

Preguntas frecuentes

Preguntas frecuentes

¿Qué animales serán considerados animales de compañía?

Actualmente se consideran animales de compañía los perros, gatos, hurones, aves de cetrería, animales de acuariofilia no incluidos en el catálogo de especies exóticas invasoras ni de especies silvestres protegidas. Se irán incorporando nuevas especies en el listado positivo de dicha ley.

¿Qué ocurre si tengo mascotas no permitidas o que la nueva ley no las considera como animales de compañía?

Si ahora mismo cuentas con una, tranquilo, vas a poder seguir teniendo y cuidando a tu mascota pero deberás comunicar su tenencia a la autoridad medioambiental de tu Comunidad Autónoma. Una vez hecho esto obtendrás un permiso que te permitirá seguir con tu mascota hasta que fallezca.

¿Puedo tener más de 5 animales en casa?

Aquellos propietarios que tengan más de 5 animales en casa tendrán que registrarse como núcleo zoológico. Si en este momento ya tienes más de 5 animales, podrás seguir teniendo esos animales pero no podrás adquirir ninguno más salvo que te registres como núcleo zoológico.

¿Quién puede criar animales?

Con la entrada de esta ley, la cría de animales quedará limitada a profesionales registrados en el Registro de Criadores de Animales de Compañía y el animal se deberá inscribir como reproductor en el Registro de Animales de Compañía.

¿Dónde voy a poder adquirir animales de compañía a partir de ahora?

Los perros, gatos y hurones se podrán adquirir desde su criador. Aquellos que tengan menos de 4 meses de edad se podrán adquirir únicamente desde su núcleo de cría de nacimiento. En los primeros 12 meses tras la entrada en vigor de la ley, las tiendas donde se comercializan actualmente estas especies podrán seguir haciéndolo ya que la ley recoge un plazo transitorio para la adaptación de estos establecimientos.

¿Cuánto tiempo puedo dejar sólo a un animal?

No se podrá dejar sin supervisión a un animal de compañía durante más de 3 días consecutivos. En el caso de perros este plazo no podrá ser superior a 24 horas.